Urbanismo Madrid

Alcorcón

12-01-2021

 

I.- Aprobación Inicial del Plan Especial de Infraestructuras de conexiones exteriores en Retamar de la Huerta.

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, adoptado en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2020, se aprobó inicialmente el Plan Especial de Infraestructuras de conexiones exteriores en Retamar de la Huerta.

Lo que se hace público para general conocimiento, significando que el expediente al que se refiere el mencionado acuerdo queda sometido a información pública por el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al objeto de que durante el expresado período de tiempo, cuantas personas se consideren interesadas, puedan examinar el expediente, previa cita, en las Oficinas Municipales de la Concejalía de Urbanismo, Sección de Planeamiento y Gestión, plaza de los Reyes de España, número 1, así como formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento, cuantas alegaciones estimen pertinentes a su derecho.

 

Resumen ejecutivo de los objetivos del plan especial

 

El Plan Especial de Infraestructuras sometido a la consideración inicial de la JGL tiene una doble finalidad:

1) Garantizar la conectividad del nuevo Sector con el resto de la ciudad consolidada en términos de razonable movilidad a través de la obtención de los suelos precisos al sur del ámbito que se han juzgado sobrevenidamente necesarios como consecuencia de los posteriores trabajos de detalle del proyecto de urbanización (suelos necesarios para la correcta funcionalidad de tal proyecto), y unido a lo anterior, como parte de la misma conectividad y movilidad, ordenar la obtención de los suelos necesarios al este del ámbito cuya implementación aseguraba el Planeamiento del Distrito Norte, ahora anulado. El Plan Especial legitimará las expropiaciones y/o otros actos de gestión posterior a que haya lugar, a cargo de la Junta de Compensación como beneficiaria.

2) Definir en lo pormenorizado una banda de infraestructuras de conexiones exteriores en materia de servicios urbanísticos (abastecimiento, saneamiento, gas, etcétera), que de conformidad con las compañías suministradoras de tales servicios sirva para la funcionalidad del Sector, amparando el Plan Especial las posteriores actuaciones expropiatorias y/o otras de gestión.

 

Texto íntegro aquí

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