Urbanismo Madrid

Madrid

24-11-2020

I. Aprobación Inicial del Estudio de Detalle para las manzanas 1, 2 y 3 del Plan Parcial de Reforma Interior del APR 20.07 “Iveco Pegaso” del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid. Distrito de San Blas-Canillejas.

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

Expediente: 135-2020-00777.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el 5 de noviembre de 2020, adoptó el siguiente Acuerdo:

«Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente el Estudio de Detalle para las manzanas 1, 2 y 3 del Plan Parcial de Reforma Interior del APR 20.07 “Iveco Pegaso” del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid. Distrito de San Blas-Canillejas, promovido por la entidad mercantil Goodman Industrial Logistics Spain, S. L. U., de conformidad con lo establecido en el artículo 60 en relación con los artículos 59.4 y 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Segundo.—Someter la documentación del Estudio de Detalle al trámite de información pública, por el plazo de veinte días hábiles, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas y solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos de conformidad con lo previsto en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y preceptos concordantes.

Texto íntegro aquí

II.- Aprobación Inicial delPlan Especial para el Control Urbanístico Ambiental de Usos para el edificio situado en la calle Ronda de la Comunicación, número 5, Distrito de Fuencarral.

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

Número de expediente 135-2019-02159.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el 5 de noviembre de 2020, adoptó el siguiente Acuerdo:

“Primero.—Aprobar inicialmente el Plan Especial para el Control Urbanístico Ambiental de Usos para el edificio situado en la calle Ronda de la Comunicación, número 5, Distrito de Fuencarral, promovido por entidad mercantil Borda Inmuebles, S. R. L. U., de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4, en relación con el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública, por el plazo de un mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas y solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos, de conformidad con lo previsto en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y preceptos concordantes.

Texto íntegro aquí

III. Aprobación Inicial del Plan Parcial de Reforma Interior del Área de Planeamiento Remitido 08.02 “Joaquín Lorenzo”, distrito de Fuencarral- El Pardo.

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

Número de expediente: 135/2020/00306.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión de 15 de octubre de 2020, adoptó el siguiente Acuerdo:

Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente el Plan Parcial de Reforma Interior del Área de Planeamiento Remitido 08.02 “Joaquín Lorenzo”, distrito de Fuencarral El Pardo, promovido por la Junta de Compensación del ámbito, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4, en relación con el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública, por el plazo de un mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas y solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos de conformidad con lo previsto en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y preceptos concordantes.

Texto íntegro aquí

IV. Aprobación Definitiva del Estudio de Detalle para la parcela situada en la calle Alhena, número 6, en el distrito de Moncloa-Aravaca.

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

Expediente 135/2019/01826.

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 27 de octubre de 2020, adoptó el siguiente acuerdo:

“Primero.—Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle para la parcela situada en la calle Alhena, número 6, en el distrito de Moncloa-Aravaca, promovido por la mercantil Octopus Capital, S.L., conforme a lo dispuesto en el artículo 62.2.a), en relación con el artículo 61.5 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el Registro Administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística”

Texto íntegro aquí

V. Aprobación Definitiva del Proyecto de Expropiación por Tasación Conjunta de los bienes y derechos afectados de la titular “no adherida” a la Junta de Compensación del Sector 30-B, del término municipal de Alcalá de Henares.

Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad

24 ACUERDO 43/2020, de 29 de octubre, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación definitiva del Proyecto de Expropiación por Tasación Conjunta de los bienes y derechos afectados de la propietaria “no adherida” a la Junta de Compensación del Sector 30-B, del término municipal de Alcalá de Henares.

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 29 de octubre de 2020, a propuesta de la Dirección del Suelo, de 14 de septiembre de 2020, en virtud de las competencias establecidas en el Decreto 1/2016, de 5 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno de la Comisión de Urbanismo de Madrid, en relación con el artículo 202 del Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por el Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, ha adoptado el siguiente ACUERDO

Primero

Aprobar definitivamente el Proyecto de Expropiación por Tasación Conjunta de los bienes y derechos afectados de la titular “no adherida” a la Junta de Compensación del Sector 30-B, del término municipal de Alcalá de Henares. Los expedientes expropiatorios se seguirán por el procedimiento de tasación conjunta conforme a lo establecido en el artículo 202 del Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por el Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.

Segundo

El importe a abonar en concepto de las valoraciones de los bienes y derechos afectados por el presente Proyecto de Expropiación por Tasación Conjunta de los bienes y derechos afectados de la titular “no adherida” a la Junta de Compensación del Sector 30-B, asciende a la cantidad de 207.249,13 euros.

Texto íntegro aquí

VI. Aprobación Inicial del Plan Especial para el Control Urbanístico Ambiental de Usos para el edificio situado en la calle de la Ribera de Curtidores, número 25, del Distrito de Centro.

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada 22 de octubre de 2020, adoptó el siguiente Acuerdo:

“Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente el Plan Especial para el Control Urbanístico Ambiental de Usos para el edificio situado en la calle de la Ribera de Curtidores, número 25, del Distrito de Centro, promovido por Persépolis Investments 1, S. A., de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4, en relación con el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública, por el plazo de un mes, mediante la inserción de anuncio en el “BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID” y en un periódico de los de mayor difusión para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas y solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos de conformidad con lo previsto en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y preceptos concordantes.

Texto íntegro aquí

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